Commissioners: “We will continue to value, respect, and support all individuals as we serve the people of Boulder County.” Read full message.

Immigrant Resources, including a Know Your Rights Booklet, available on the Immigration Resources webpage.

Programa de Asistencia de Cuidado Infantil (CCAP)
A group portrait of a mother with six children, all smiling, positioned over a wooden bench

Programa de Asistencia de Cuidado Infantil (CCAP)

A partir del 1 de marzo de 2024, el Programa de Asistencia para el Cuidado Infantil del condado de Boulder entró en suspensión de inscripciones. Encontrará más información en “Cómo solicitar el CCAP”.
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A partir del 1 de marzo de 2024, el Programa de Asistencia para Cuidado Infantil (CCAP) del Condado de Boulder tendrá una suspensión de nuevas inscripciones. Quienes soliciten asistencia durante esta suspensión, serán evaluados para determinar su elegibilidad y orden de prioridad. La asignación de beneficios se realizará únicamente cuando se levante esta suspensión y haya espacio disponible.

Las familias que ya reciben asistencia de CCAP seguirán dentro del programa, siempre que cumplan con los requisitos de elegibilidad y completen su proceso anual de recertificación. Se dará prioridad a casos vinculados al sistema de protección de menores (child welfare).

Cómo presentar una solicitud

  • En línea (recomendado):
    • Cuestionario de preselección (en español)
    • Colorado PEAK es un servicio en línea que permite a los residentes de Colorado verificar su elegibilidad y solicitar varios beneficios, como asistencia médica, alimentaria, monetaria y cuidado infantil. Visite Colorado PEAK para saber si califica para otros programas y para presentar su solicitud en línea.

El Programa de Asistencia de Cuidado Infantil (CCAP) brinda apoyo económico a familias de bajos ingresos con niños de 0 a 12 años, para cubrir sus gastos de cuidado infantil. Si cumple los requisitos, CCAP cubre parte del costo total y la familia paga el saldo restante directamente al proveedor, según su ingreso y tamaño de la familia.

El Condado de Boulder administra el programa CCAP junto con otros servicios y programas de apoyo. Esto agiliza el acceso a beneficios adicionales como asistencia para alimentos, vivienda, Medicaid o programas de empleo y capacitación laboral.

¿Quien es Elegible?

Niños del condado de Boulder de 0 meses a 12 años que viven con:

Un adulto o adolescente cuidador/padre que se encuentra en una actividad elegible:

  • Empleado/Trabajo por cuenta propia
  • Búsqueda de empleo (trece semanas)
  • Actividades Educativas Post-Secundaria (104 semanas y hasta primer Bachillerato)
  • Actividades educativas (padres adolescentes en la escuela secundaria JR o SR, clases de GED, ESL y educación básica/capacitación vocacional para adultos)
  • Familias que reciben Colorado Works/TANF y son referidas por su administrador de casos

Requisitos del Programa:

  • Debe ser un residente del condado,
  • Debe pagar una parte de la tarifa de atención o de los padres en función de los ingresos del hogar,
  • Debe elegir un proveedor de cuidado infantil elegible para CCAP,
  • Debe ser aprobado antes de usar el cuidado,
  • Debe usar el Sistema de seguimiento de asistencia (ATS) en su proveedor
  • Para recibir asistencia continua, debe completar el proceso de redeterminación de CCAP cada doce (12) meses.

Límite de Ingresos y Recursos

Obtenga más información sobre límites de ingresos para todos los programas.

Cuál es el proceso:

  • Los solicitantes presentan su solicitud para CCAP.
    • Se comprueba si cumplen los requisitos.
    • Los solicitantes recibirán una notificación por correo electrónico si su solicitud es aprobada, negada o si se requiere más información para determinar su elegibilidad.
  • Los hogares que participan en el programa CO Works (Ayuda Temporal para Familias Necesitadas) deben contar con una referencia de su administrador de caso de CO Works para ser añadidos a la lista de suspensión de inscripciones.
  • Los hogares elegibles se colocarán en la lista de espera de la suspensión de inscripciones, que servirá para establecer prioridades cuando la suspensión finalice y haya cupos disponibles.
  • Una vez que la suspensión de inscripciones termine y exista espacio, se notificará por correo electrónico a los hogares que cumplan con los criterios de priorización para indicarles que pueden solicitar el beneficio.

En persona:

  • Los cuestionarios impresos pueden recogerse en una de nuestras oficinas.
    • Ubicación en Boulder: 3460 Broadway Street
    • Ubicación en Longmont: 515 Coffman Street
    • Ubicación en Lafayette: 1755 South Public Road
  • Los cuestionarios para imprimir pueden enviarse por correo electrónico a imaging@bouldercounty.gov

Reclamaciones manuales

Utilice este enlace para enviar reclamaciones manuales. Comuníquese con CCAPbilling@BoulderCounty.gov si tiene alguna pregunta. Las reclamaciones manuales vencen dentro de los 60 días a partir del final del mes en que se brindó la atención.

Paquete de necesidades especiales

El condado de Boulder paga tarifas más altas para los niños que se ha determinado que tienen necesidades de atención adicionales y reciben beneficios de CCAP. También se pueden pagar tarifas de necesidades de cuidado adicionales para un niño que tiene entre 13 y 19 años y no puede cuidar de sí mismo. Si cree que el niño bajo su cuidado tiene una necesidad especial, complete el formulario de Solicitud de atención adicional de CCAP y adjunte el IEP, IFSP o el formulario del proveedor médico/de salud mental del niño, si lo tiene.

Tarifa de padres no pagada

Complete este formulario si tiene una familia que no ha pagado la tarifa de los padres (en los últimos 30-60 días).

Niño(s) que no asiste(n)

Para cualquier niño que no esté inscrito o que ya no asista, actualice su estado en ATS. En la “Lista de niños” de su sitio en ATS, en “Autorización confirmada de CCCAP en uso”, seleccione la “X”.

Manual del proveedor

Para obtener más información sobre cómo convertirse en un proveedor de CCAP, consulte el Manual del Proveedor proporcionado por el Departamento de la Primera Infancia de Colorado.

Confirmación de Inscripción

Por favor, revisa semanalmente tu lista de ‘Niños’ en ATS y confirma o rechaza las inscripciones. Para obtener instrucciones detalladas, lee la Guía Rápida de Confirmación de Inscripción.

Si necesita ayuda con su caso, envíe un correo electrónico a ccap@bouldercounty.gov y un técnico le ayudará con gusto.

Sistema de Seguimiento de Asistencia (ATS) Preguntas Más Frecuentes

El Sistema de Seguimiento de Asistencia (ATS, por sus siglas en inglés) es un sistema basado en la web para registrar la asistencia de nuestras familias de CCAP (Child Care Assistance Program). Se requiere que tanto las familias como los proveedores que participan en CCAP utilicen ATS para asegurar que la asistencia y los pagos se calculen correctamente. Para obtener información más detallada, visita la Oficina de la Primera Infancia de Colorado y busca la sección “Usar el Sistema de Seguimiento de Asistencia (ATS)”.

El Departamento de la Primera Infancia de Colorado ha desarrollado videos tanto para padres como para proveedores para utilizar mejor el sistema ATS. Estos videos cortos fueron actualizados en 2023 y están disponibles tanto en inglés como en español.

Cuando un padre recibe su autorización de CCAP, recibirá un correo electrónico de bienvenida del estado. Un enlace en el correo electrónico inicia el proceso para seleccionar un PIN de 8 dígitos que se utilizará para el seguimiento de la asistencia en ATS. El código no puede repetirse en una serie y tampoco puede comenzar con cero.

Los proveedores de CCAP han sido instruidos para que firmen la asistencia de su hijo por usted. Tendrá que aprobar esa asistencia “pendiente” en un plazo de 9 días. Al contar los 9 días, asegúrese de incluir los fines de semana.

El estado “pendiente” en ATS significa que el proveedor de cuidado infantil marcó la entrada y salida del niño(s) en nombre del padre. Es responsabilidad del adulto cuidador/padre aprobar, modificar o eliminar esos días de asistencia pendientes según la asistencia real. No apruebes la asistencia si el niño estuvo ausente ese día, ya que eso se consideraría fraudulento.
La expectativa es que al recoger al niño, el padre inicie sesión en ATS y busque cualquier asistencia pendiente en la columna de confirmación. Consulta los videos de YouTube para obtener entrenamiento adicional.

El uso constante de ATS es parte del contrato de CCAP. Las aprobaciones perdidas ocasionales se pueden acomodar con facturas manuales, pero no son una solución a largo plazo. Por favor, comunícate lo antes posible con el personal de CCAP si tienes algún problema con el uso del sistema ATS.

Cuando usted ve un 11:59pm pendiente, eso significa que ni el padre ni el proveedor revisaron la salida del niño; la máquina lo hizo en su lugar. Puesto que está en modo pendiente, el padre tendrá que hacer clic en la hora y cambiarla a la hora de salida correcta antes de aprobarla. La ventana de 9 días (incluidos los fines de semana) se aplica para aprobar la asistencia pendiente.

Si cada uno de los padres tiene su propio caso CCAP debido a arreglos individuales de custodia, los padres tendrán que hablar con el proveedor de cuidado infantil para planear cómo coordinarán el registro de entrada y salida para evitar confusiones.

Adicional Preguntas frecuentes

El CCAP se encuentra en suspensión de inscripciones. Se está evaluando a los nuevos solicitantes en función de su elegibilidad en lugar de los beneficios. Una vez que se haya levantado la suspensión de inscripciones y haya plazas disponibles, se notificará por correo electrónico a los hogares elegibles que cumplan los requisitos de priorización la disponibilidad para solicitar el beneficio.

El monto de la cuota para los padres se basa en el tamaño y los ingresos de la familia, el número de horas que usted y cualquier otro adulto en su hogar trabajen o las horas que asisten a programas educativos o de capacitación, y el número de horas en que su hijo está bajo cuidado. La atención a tiempo completo es considerado más de 5 horas al día y la atención a medio tiempo es de 5 horas o menos. El programa de CCAP paga la cuota de los padres directamente al proveedor de cuidado infantil.

Para solicitar una tarifa reducida para padres debido a una dificultad financiera inesperada, complete este formulario.

Comuníquese con nuestros socios en Mile High United Way’s Child Care Options, los cuales proporcionan recursos de cuidado infantil y referencias para Colorado al 877-338-CARE (2273).

No, siempre y cuando el proveedor de cuidado infantil acepte el CCAP del Condado de Boulder y tenga un acuerdo fiscal firmado con el Condado de Boulder.

Si, existen diferentes tipos:

  • Hogar de familia de cuidado infantil con licenciadebe tener un número de licencia válido de Colorado y cumplir con las reglas y regulaciones requeridas por el estado. Los hogares con licencia brindan atención a hasta seis niños más dos niños de edad escolar adicionales en un entorno hogareño. El cuidado de niños puede estar disponible durante cualquier parte del día, incluidos los fines de semana a tiempo parcial o a tiempo completo. Los proveedores domésticos con licencia establecen sus horas, planifican su plan de estudios y establecen sus propias reglas en base a disciplina, comidas, entrenamiento para ir al baño y otras cuestiones de crianza de los niños. Los proveedores domésticos con licencia tienen capacitación en primeros auxilios y RCP, así como capacitación en cursos relacionados con el cuidado infantil, y son inspeccionados por los inspectores de licencias de cuidado infantil.
  • Centro de cuidado infantil con licenciaestos centros de cuidado infantil brindan atención a cinco o más niños en un entorno no residencial. Los centros de cuidado infantil deben tener licencia para dar servicios de cuidado infantil y deben cumplir con las regulaciones estatales. Las edades de los niños bajo cuidado se especifican en la licencia, pero pueden incluir bebés, niños pequeños, niños en edad preescolar o niños en edad escolar. Los centros de cuidado infantil son inspeccionados por el Departamento de Salud del Estado y los funcionarios locales de bomberos, además de los inspectores de licencias de cuidado infantil. Este entorno debe proveer actividades para promover el desarrollo de su hijo mientras interactúa con otros niños.
  • Los Proveedores Calificados o proveedores legalmente exentos no están obligados a tener licencia para proporcionar cuidado infantil y pueden participar en CCAP.

Sus beneficios actuales de CCAP del condado continuarán proporcionando servicios CCAP hasta su renovación. En la renovación tendrá que aplicar en su nuevo condado de residencia.

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