Commissioners: “We will continue to value, respect, and support all individuals as we serve the people of Boulder County.” Read full message.

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El Proceso de Apelación

El Proceso de Apelación

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Derechos de apelación

Usted tiene derecho a apelar la valuación de su propiedad o su clasificación. La ley estatal requiere que el tasador del condado revalúe todas las propiedades del condado en años impares. Los propietarios recibirán un Aviso de valuación (NOV, por su sigla en inglés) alrededor del 1 de mayo. Revise detenidamente la información pertinente a su propiedad. Si considera que la valuación de su propiedad es incorrecta o que hay un error en la clasificación, puede presentar una apelación.

Derechos y responsabilidades de los contribuyentes

Los propietarios y contribuyentes tienen responsabilidades, derechos y recursos específicos en el proceso de valuación:

  • Usted tiene derecho a examinar los registros de propiedad del tasador.
  • Si no está de acuerdo con la valuación de su propiedad, puede presentar una apelación al tasador.
  • Usted tiene la responsabilidad de proporcionar información exacta al tasador sobre la propiedad que usted posee.
  • Usted tiene la responsabilidad de participar en las audiencias presupuestarias que celebran las Juntas de Educación, las municipalidades y los distritos especiales que gravan su propiedad con impuestos.

El Aviso de valuación

El tasador envía anualmente un Aviso de valuación a los propietarios el cual:

  • Describe la propiedad que usted posee.
  • Indica el valor real del año anterior y del año en curso.
  • Es el formulario que se debe utilizar para presentar una apelación al tasador.

Si el valor de su propiedad no ha cambiado, su factura de impuestos de enero es su aviso de valuación para el año siguiente. Revise detenidamente su Aviso de valuación. El valor de su propiedad afectará el pago de impuestos que tendrá que hacer el año siguiente. Si considera que la valuación de su propiedad es errónea, puede inspeccionar los registros del tasador sobre su propiedad y otras propiedades.

Causas de apelación

Una apelación debe demostrar que el valor de mercado estimado de su propiedad es inexacto. Por ejemplo:

  • El valor de la propiedad es demasiado alto o bajo.
  • El registro de la propiedad es incorrecto.

Cabe señalar lo siguiente en relación con los impuestos

Los impuestos no se pueden apelar a través de la oficina del tasador. Sin embargo, algunas personas pueden ser elegibles para beneficios o exenciones fiscales. La oficina del tasador puede proporcionarle información sobre las exenciones o aplazamientos de impuestos a la propiedad disponibles.

Apelación de una valuación

Cuando se apela el valor de una propiedad, el tasador revisa el valor utilizando una metodología similar a la de una valuación. Esto permite que el público y nuestros tasadores establezcan las bases para la revisión. Entre las herramientas se encuentran:

Los contribuyentes pueden decidir si las ventas comparables indican un valor razonable para su propiedad, y pueden identificar otras ventas que apoyen una solicitud de ajuste de la valuación.
Las apelaciones a las valuaciones de bienes inmuebles pueden ser presentadas ante el tasador entre el 1 de mayo y el 9 de junio. Las apelaciones a las valuaciones de propiedades personales utilizadas para negocios pueden ser presentadas al tasador entre el 15 de junio y el 30 de junio. Las fechas límite para la apelación se cumplen estrictamente.

Revise su Aviso de valuación (NOV) de página completa

Revise los datos y las características de la propiedad en su NOV para verificar su exactitud:

Su propiedad ha sido comparada con viviendas similares que se vendieron en el período de 24 meses comprendido entre el 1 de julio de 2022 y el 30 de junio de 2024.

Preparación de su apelación

Reúna toda la información que pueda sobre propiedades similares en su área. La información sobre todos los bienes inmuebles en el condado de Boulder está disponible a través de:

Presentación de su apelación

Al presentar una apelación, es necesario lo siguiente:

  • Presentarla entre el 1 de mayo y el 9 de junio. El matasellos de correos y la hora de envío deben indicar una hora y fecha anterior a las 11:59 p. m. del 9 de junio.
  • Se recomienda conservar un comprobante del envío, ya que podría solicitársele.
  • Si presenta la apelación después de la fecha límite del 9 de junio, perderá su derecho a apelar la decisión del tasador.

Nota: No ganará una apelación solo porque usted cree que sus impuestos son demasiado altos. Los impuestos los determinan los funcionarios que calculan los presupuestos (es decir, los comisionados del condado, el Concejo Municipal, las Juntas de Educación y los distritos especiales)

Resultado de su apelación

El tasador le enviará por correo un Aviso de determinación sobre su apelación el 15 de agosto o antes.
Si no está de acuerdo con la determinación, usted tiene el derecho de apelar ante la Junta de Ecualización (BOE).
La fecha límite para presentar la apelación es el 15 de septiembre.

Preguntas sobre el proceso de apelación

Si tiene alguna pregunta sobre el proceso de apelación, llame al 303-441-3530 para comunicarse con nuestro personal de Información al público de lunes a jueves, entre las 7:30 a. m. y las 5:00 p. m. Esperamos tener la oportunidad de contestar sus preguntas.

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