Requisitos y Recursos para Empleadores y Empleados
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Requisitos y Recursos para Empleadores y Empleados

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Requisitos y recursos para los empleadores

Si un empleado da positivo con COVID-19

  1. Mande al empleado a casa inmediatamente; debe aislarle durante al menos 5 días según los requisitos de salud pública
  2. Limpie y desinfecte todas las superficies, proporcione ventilación adicional
  3. Exige a todos los empleados que tuvieron contacto cercano con una persona que dio positivo (por ejemplo, estuvo dentro de 6 pies durante 15 minutos acumulativos dentro de un período de 24 horas, independientemente del uso de cubrebocas) que se pongan en cuarentena en casa. Un resultado negativo no elimina el requisito de la cuarentena porque el virus puede tardar hasta 14 días en detectarse.

Notificar la enfermedad

La mejor forma de detener la propagación de la COVID-19 es separar a las personas enfermas o que dieron positivo en la prueba de las que están bien.

  • En conformidad con la Ley de Protección al Denunciante de Emergencias de Salud Pública (Public Health Emergency Whistleblower Law, PHEW), los empleadores no pueden adoptar medidas disciplinarias, reducir las horas de trabajo o los salarios, o despedir a los empleados que consulten acerca de sus opciones para tomar licencia o tiempo libre al que tengan derecho, o que pregunten sobre sus derechos.
  • Esta ley se aplica también a los empleados que trabajan como contratistas independientes y a las personas indocumentadas.

Protecciones legales para los empleados

Pago por ausencia laboral para recibir la vacuna

Según la ley de pago por ausencia laboral bajo el “Acta de Familias y Lugares de Trabajo Saludables”, todos los empleados de Colorado tienen derecho a tomar una licencia pagada del trabajo para vacunarse contra la COVID-19. Los empleados también tienen derecho a disfrutar de una licencia pagada si experimentan efectos secundarios de la vacuna que les impiden trabajar.

Para más información, los empleados, empleadores u otras personas pueden leer la “Hoja Informativa y Opinión Formal (INFO por sus siglas en inglés) # 6B.”

Licencia médica

Si los empleados tienen licencia médica paga, es más probable que cumplan las guías sobre aislamiento y cuarentena, lo que ayuda a detener la propagación del virus. Las siguientes leyes pueden resultar de aplicación:

  • La Ley de Familias y Lugares de Trabajo Saludables (Healthy Families and Workplace Act; HFWA) de Colorado requiere a los empleadores de todos los tamaños dar licencia por enfermedad paga de hasta 80 horas a los empleados por motivos relacionados con la COVID-19, inclusive tener síntomas de la COVID-19 y solicitar un diagnóstico, tener la obligación de cumplir la cuarentena o el aislamiento, cuidar a una persona que deba hacer cuarentena o aislarse, o cuidar de un menor debido al cierre de la escuela por la COVID-19
  • Disposiciones de la Ley de licencia remunerada por emergencia de salud de Colorado (Colorado HELP) Esta ley obliga a los empleadores a otorgar hasta cuatro días de licencia médica paga a las personas que necesiten aislarse o tengan síntomas de la COVID-19.
  • Resumen de la Ley de Respuesta al Coronavirus Familias Primero (FFRCA, por sus siglas en inglés) Preguntas frecuentes sobre la FFCRA del Departamento de Trabajo.
  • Los empleados que tengan COVID-19 pueden tener derecho a una adaptación en virtud de la Ley de estadounidenses con discapacidades (ADA, por sus siglas en inglés), como la licencia médica, si los síntomas son lo suficientemente graves como para limitar de forma considerable las actividades principales de la vida, como respirar y cuidar de sí mismo.

Informar sobre un problema

Si el empleador no cumple estos requisitos, puede informar al respecto:

El personal de Salud Pública del Condado de Boulder determinará si se infringió un decreto de salud pública y hará el seguimiento con la empresa o colaborará con las autoridades policiales y judiciales en caso necesario. Si Salud Pública del Condado de Boulder identifica a empleadores que siguen infringiendo los requisitos de empleo o relacionados con la COVID-19, el estado les enviará una carta haciendo hincapié sobre sus responsabilidades en virtud de la ley.

El Departamento de Trabajo y Empleo de Colorado acepta denuncias por licencia por enfermedad no remunerada, otros salarios devengados y otras infracciones de la ley de salarios y horarios de Colorado. Los trabajadores afectados en sus derechos tendrán derecho al pago retroactivo, una posible indemnización y la reincorporación a su cargo.

Recursos legales

  • Bufete de abogados sin fines de lucro Towards Justice: Preguntas frecuentes sobre la COVID-19 en relación con la seguridad en el lugar de trabajo, el desempleo, el trabajo desde el hogar, la discapacidad y la licencia remunerada (en inglés y español).

Asistencia legal

  • Departamento de Trabajo y Empleo de Colorado, División de Horarios y Salarios
  • Colegio de Abogados del condado de Boulder Consultorio jurídico virtual (español)
    • Haga clic en “sí” en la pregunta “¿Tiene relación con la COVID-19?” para dar prioridad a su solicitud de abogado.
  • Formulario de admisión en línea (en inglés y español) de Towards Justice para plantear sus preguntas o evaluar su caso

Ejemplos sobre cuándo usar estos recursos:

  • Estoy haciendo aislamiento o cuarentena. ¿Me deberían estar pagando?
  • Una persona de mi trabajo dio positivo en la prueba. ¿Puedo quedarme en casa?
  • ¿Mi empleador puede obligarme a ir a trabajar?
  • Otras preguntas con matices que deban interpretarse jurídicamente

No es necesario que los empleadores tengan su domicilio en Colorado (enfermeras que viajan, trabajadores contratados)

Salud Pública del condado de Boulder no puede ofrecer asesoramiento jurídico ni apoya a ningún abogado o bufete particulares. Salud Pública del condado de Boulder no se hace responsable de la disponibilidad de los recursos externos, ni aprueba ni se responsabiliza por ningún producto o servicio brindados por organizaciones externas.

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